¿Qué es la violencia familiar?
Es toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir
la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual y/o la libertad de
una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque esa actitud no configure delito.
¿Qué situaciones tipos de violencia familiar existen?
1. Violencia física: Toda agresión en el que se utilice cualquier parte del cuerpo,
algún objeto, arma o elemento para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad
física de otra persona, con la intención de lograr su sometimiento o control.
2. Violencia psicológica o emocional: Prohibiciones, coacciones, condicionamientos,
intimidaciones, amenazas, actitudes devaluatorias o abandonos capaces de provocar
en quien los recibe el deterioro o la disminución de la autoestima y una afectación
a su estructura de personalidad. Es necesario que estos actos u omisiones sean reiterados.
Ejemplos: amenazas que obliguen al otro a hacer o no hacer algo por miedo a la pérdida
de algún bien necesario (amor, alimentos, permisos de salida); prohibición de elegir
los amigos; exclusión en actividades familiares; aislamiento; ruptura de objetos;
control de cajones, carteras, agendas sin respeto por la privacidad; revisión de
la correspondencia o los llamados telefónicos.
3. Violencia sexual: Actos u omisiones que infrinjan burla y humillación de la sexualidad
del otro; inducción a la realización de prácticas sexuales no deseadas y actitudes
dirigidas a ejercer control, manipulación o dominio sobre otra persona. Pueden ir
desde imposiciones al nudismo, exhibicionismos, manoseos, penetración y todo tipo
de acto íntimo no consentido ni deseado. Incluyen las burlas, chanzas públicas y
privadas de actos, hechos o circunstancias vinculadas con vida sexual de la pareja.
4. Violencia económica: Se manifiesta cuando uno de los miembros de la familia usa
el poder económico para provocar un daño a otro. Las víctimas son privadas o tienen
muy restringido el manejo del dinero, la administración de los bienes propios o
gananciales, o impedido su derecho de propiedad sobre los mismos.
Ejemplos: cuando se tenga que pedir o rogar por el dinero, en lugar de compartirlo;
cuando se obliga a entregar todo el dinero que uno gana; cuando no se informa acerca
de los ingresos familiares o no se permite disponer de ellos para sus necesidades
o a las de los hijos.
El propósito de este espacio institucional es brindar un recibimiento respetuoso,
proporcionar un ámbito confidencial y derribar las invisibles barreras que dificultan
el acceso a la justicia, en beneficio de todos los ciudadanos.
¿A quiénes se intenta proteger?
A todas las personas que sufren lesiones o malos tratos físicos o psíquicos por
parte de algunos de los integrantes del grupo familiar, entendiéndose por tal el
surgido del matrimonio, de las uniones de hecho o de las relaciones afectivas, sean
convivientes o no, persista o haya cesado el vínculo. Incluye a las relaciones ascendientes,
descendientes y colaterales.
Puede darse entre esposos, hacia los hijos (comunes o no comunes), hacia los padres
o hacia los hermanos, tíos y sobrinos de alguno de los integrantes del matrimonio.
También puede manifestarse entre personas que conforman uniones de hecho (concubinato)
o sus parientes; e incluso entre quienes mantienen otro tipo de relaciones afectivas,
por ejemplo, entre el novio y la novia, entre el padre de la novia y el novio, o
entre homosexuales.
¿Quiénes pueden denunciar?
Cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar.
Cuando las víctimas fueran menores de edad, incapaces, ancianos o discapacitados
que estén imposibilitados de accionar por sí mismos, están obligados a hacerlo sus
representantes legales, los obligados por alimentos o el Ministerio Público Fiscal.
También quienes se desempeñen en organismos asistenciales, educativos, de salud
y de justicia y en general, quienes desde el ámbito público o privado tomen conocimiento
de situaciones de violencia familiar o tengan sospechas serias de que puedan existir.
¿Dónde puede realizarse la denuncia?
- Mesas de Entradas de Violencia Familiar: son dependencias especialmente diseñadas
para atender a las personas denunciantes en un clima propicio y confidencial para
su contención. En Córdoba Capital se encuentra en Duarte Quirós 650. Su horario
de atención se extiende entre las 8 y las 20, teléfono (0351) 4298011. En el interior
provincial existen Mesas de Violencia Familiar habilitadas en las sedes judiciales
de San Francisco, Río Cuarto, Villa María, Río Tercero, Deán Funes, Cruz del Eje,
Carlos Paz, Cosquín y Marcos Juárez.
- Otros centros de recepción de denuncias: También se reciben las denuncias en todas
las unidades judiciales que existentes en la Córdoba Capital y atienden las 24 horas.
En el interior provincial, se receptan denuncias en los Juzgados de Paz y en las
unidades judiciales de las diferentes circunscripciones judiciales.
También pueden efectuarse telefónicamente al 0800-888-9898 desde cualquier lugar
de la provincia durante las 24 horas del día todos los días.
Reserva de la identidad del denunciante
- Tanto la identidad del denunciante como las actuaciones generadas y el registro
habilitado tienen el carácter de reservado.
- Todo agente o funcionario administrativo o judicial está obligado a guardar secreto.
- El denunciante puede solicitar que su firma no aparezca en la denuncia. En ese
caso, su identidad se hará constar en una declaración que guardará en sobre cerrado
y anexará al formulario respectivo.